domingo, 13 de octubre de 2013

Secret - Color of love (El color del amor) Traducida al español

 

Aunque sea una vez
no puedo vivir sin ti
¿Tú me amas? ¿piensas en mí?
Por favor, quédate

Deja que mi deseo llegue a ti
Continúo rezando al cielo
Siento como si estoy a punto de perder el sentido de la vida
Oscilo y caigo por el aire
¿Dónde estás?
 Bajo el mismo cielo
¿Qué es lo que piensas?

(Mirando hacia ti) Me culpo a misma
(Si quieres dejarme) Pasa otro día en blanco y negro
(No puedo terminar de esta manera) Mi corazón te ha dejado (¿por qué?)
(Muy tarde) El dolor aún sigue vivo y llena mis ojos de lágrimas

Si una y otra vez me enamoro de alguien más
Inconscientemente te empezaré a olvidar
Voy a usar un color para pintar sobre otro
Necesito un amor con un color más fuerte que el tuyo
Sin embargo, no es posible por el momento

"(espera, espera, espera) Ya he recargado mi mente
¿Podemos regresar antes de todo lo que hemos pasado?"
Día tras día, no es algo de lo que te vayas a reír

Hey, hey, hey. No soy una niña perdida. Ya no más.
No puedo tirar de las mangas que no son mías*
Pero quiero estar contigo

(Mirando hacia ti) Si pongo estos sentimientos en palabras
(Si quieres dejarme) Y te las diría me vería patética
(No puedo terminar de esta manera) eres persistente
(Ya) Sé que no te gusta, así que no pedo decir nada

Si una y otra vez me enamoro de alguien más
Inconscientemente te empezaré a olvidar
Voy a usar un color para pintar sobre otro
Necesito un amor con un color más fuerte que el tuyo
Sin embargo, no es posible por el momento

Incluso si te enamoras de alguien más
esas palabras que me has dicho
no se las digas a nadie
Yo te amé
Si éste pudiera haber sido mi último amor
habría sido muy feliz

Si una y otra vez me enamoro de alguien más (no puedo amar a nadie más)
Inconscientemente te empezaré a olvidar (es muy tarde para olvidarte)
Voy a usar un color para pintar sobre otro (pero, pero)
Necesito un amor con un color más fuerte que el tuyo
Sin embargo, eso es imposible

*Frase japonesa que significa que no puedes usar algo que no es tuyo

domingo, 6 de octubre de 2013

DERECHO DEL BUEN VIVIR APLICADO A LA CARRERA

Comunicación e Información
Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos.
2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación.
3. La creación de medios de comunicación social, y al acceso en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas.
4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad.
5. Integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el campo de la comunicación.
Art. 17.- EI Estado fomentará la pluralidad y la diversidad en la comunicación, y al efecto:
1. Garantizará la asignación, a través de métodos transparentes y en igualdad de condiciones, de las frecuencias del espectro radioeléctrico, para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, así como el acceso a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas, y precautelará que en su utilización prevalezca el interés colectivo.
2. Facilitará la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación públicos, privados y comunitarios, así como el acceso universal a las tecnologías de información y comunicación en especial para las personas y colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan de forma limitada.
3. No permitirá el oligopolio o monopolio, directo ni indirecto, de la propiedad de los medios de comunicación y del uso de las frecuencias.
Art. 18.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior.
2. Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información.
Art. 19.- La ley regulará la prevalencia de contenidos con fines informativos, educativos y culturales en la programación de los medios de comunicación, y fomentará la creación de espacios para la difusión de la producción nacional independiente.
Se prohíbe la emisión de publicidad que induzca a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el sexismo, la intolerancia religiosa o política y toda aquella que atente contra los derechos.
Art. 20.- El Estado garantizará la cláusula de conciencia a toda persona, y el secreto profesional y la reserva de la fuente a quienes informen, emitan sus opiniones a través de los medios u otras formas de comunicación, o laboren en cualquier actividad de comunicación.